jueves, 23 de abril de 2009



La mejor empresa de España para trabajar
La viguesa Visual MS recibe el premio de la institución de EE UU "Great Place to work"

Los empleados, entre otras ventajas, pueden plantear qué formación y a qué puestos quieren optar, trabajan desde casa cuando quieren, cuentan con un psicólogo de equipos y reciben masajes en el propio centro de trabajo. “Si algo no funciona anímicamente, vamos al psicólogo y, si nos duele la espalda, visitamos a la masajista” y, además, “cada 6 meses se reúnen por departamentos para decirse lo que piensan unos de otros y esas valoraciones influyen en un porcentaje de sus sueldos”.Es lo que explican desde la empresa Visual MS, un grupo empresarial vigués del sector tecnológico creado en 1.999 por cuatro programadores y que este año fue la “gran sorpresa” al convertirse en la empresa española de entre 50 y 100 empleados más joven y con el gerente también más joven que encabeza la lista “Best Workplaces España” que elabora desde 1984 la institución Great Work Places , de EE UU, con las mejores empresas para trabajar del mundo.Para elaborar su lista en España, fue necesario un estudio sobre 240.000 empleados de las 250 empresas admitidas este año en todo el país.“Great Place to Work entrega habitualmente estos premios a empresas como Microsoft, Cisco o Google en países de todo el mundo. y este año Visual MS, una empresa viguesa, lo ha ganado en España”, señalan con satisfacción desde una firma para la que “el ambiente de trabajo es una prioridad estratégica ya que no sólo trabajamos mejor y más contentos, sino que obtenemos mejores resultados”.Los datos que aportan parecen darles la razón: “un absentismo del 0,16%, cuando lo normal en España es de 15% y nuestra rotación es del 5% cuando en Galicia ronda el 20%”, explican.De capital 100% español, Visual MS está participada por sus propios empleados, algo poco frecuente en los primeros puestos de la lista, históricamente ocupados por delegaciones de multinacionales en España.Visual MS fue durante años empresa “gacela” (de alto crecimiento) y ya conocía galardones, como el premio MITE Emprendedores 2001 y el premio Mejor Gestión Empresarial 2005 concedido por la Asociación de Jóvenes Empresarios de Vigo.Vende en 15 países por internet y tiene como clientes a Bang&Olufsen, Siemens, Lico Leasing, Telecable, JSV, Heineken o el Ministerio del Interior.La ceremonia de entrega de premios “Best Workplaces España 2009” tendrá lugar el 11 de mayo en el estadio Santiago Bernabéu de Madrid.

Fuente: http://www.farodevigo.es/
Artículo de opinión:

TRIBUNA: JOSEPH S. NYE
JOSEPH S. NYE 17/04/2009


¿Qué globalización sobrevivirá?

En este año en que la economía mundial se contraerá por primera vez desde 1945 a algunos economistas les preocupa que la actual crisis pueda significar el principio del fin de la globalización. Las épocas de dificultades económicas y el proteccionismo van de la mano, puesto que cada país culpa de los problemas a los demás y trata de proteger sus empleos internos. En la década de los treinta del pasado siglo, las políticas consistentes en "empobrecer al vecino" empeoraron la crisis. Hoy, a menos que los líderes se resistan a ofrecer respuestas de ese tipo, el pasado podría convertirse en el futuro.

La economía no es lo único de dimensión planetaria. Salud, clima, violencia y cultura son mundiales
El proteccionismo puede acabar con la globalización buena y reforzar la mala
Irónicamente, sin embargo, esa perspectiva tan sombría no significaría el fin de la globalización definida como un aumento de las redes mundiales de interdependencia. La globalización tiene varias dimensiones. Aunque los economistas a menudo se refieren a ella y a la economía mundial como si fueran una sola y misma cosa, otras formas de la globalización también tienen efectos significativos -no todos benéficos- en nuestras vidas cotidianas.
La manifestación más antigua de la globalización fue ambiental. Por ejemplo, la primera epidemia de viruela se registró en Egipto en el año 1350 antes de Cristo. Llegó a China en el 49 después de Cristo, a Europa después del 700, a las Américas en 1520 y a Australia en 1789. La peste bubónica, o peste negra, se originó en Asia, pero al propagarse mató entre un cuarto y un tercio de la población de Europa en el siglo XIV.
En los siglos XV y XVI los europeos llevaron enfermedades a las Américas que destruyeron al 95% de la población nativa. En 1918, una pandemia de gripe causada por un virus de las aves acabó con la vida de 40 millones de personas en todo el mundo, mucho más que las que habían muerto en la guerra mundial que acababa de terminar. Actualmente, algunos científicos predicen que se repetirá la pandemia de gripe aviar.
Desde 1973 han surgido 30 enfermedades contagiosas que se desconocían y otras, más familiares, se han propagado geográficamente con nuevas formas resistentes a los medicamentos. En las dos décadas posteriores a la identificación del VIH/SIDA en los años ochenta han muerto 20 millones de personas y 40 millones más están infectadas en todo el mundo. Algunos expertos prevén que esa cifra se duplicará para 2010. La propagación de especies foráneas de flora y fauna a nuevas zonas ha aniquilado a las especies nativas y podría provocar pérdidas económicas de varios miles de millones de dólares al año.
El cambio climático global afectará a la vida de todo el mundo. Miles de científicos de más de cien países informaron recientemente de que hay nuevas y sólidas evidencias de que la ma-yor parte del calentamiento observado en los últimos 50 años es atribuible a las actividades huma
nas, y se prevé que las temperaturas promedio a nivel global aumenten entre 1,3 y 5,5 grados centígrados en el siglo XXI. El resultado podría ser una variación aún más severa del clima, con demasiada agua en algunas regiones y escasez en otras.
Entre los efectos, habrá tormentas y huracanes más fuertes, inundaciones y sequías más prolongadas y más desprendimientos de tierras. En muchas regiones el aumento de la temperatura ha alargado la estación de deshielo y los glaciares se están derritiendo. El ritmo al que subió el nivel del mar en el último siglo fue 10 veces más rápido que el promedio de los últimos tres milenios.
También está la globalización militar, que consiste en las redes de interdependencia en las que se utiliza la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza. Las guerras mundiales del siglo XX son un ejemplo. La anterior era de globalización económica llegó a su cúspide en 1914 y las dos guerras mundiales significaron un retroceso. Pero si bien la integración económica global no recuperó el nivel que tenía en 1914 hasta medio siglo después, la globalización militar creció a medida que la económica se contraía.
Durante la guerra fría, la interdependencia estratégica global entre Estados Unidos y la Unión Soviética fue aguda y clara. No sólo produjo alianzas que abarcaban todo el mundo, sino que cualquiera de los bandos pudo haber utilizado misiles intercontinentales para destruir al otro en menos de 30 minutos.
Éste fue un rasgo distintivo no porque fuera totalmente nuevo, sino porque la magnitud y la velocidad de un potencial conflicto derivado de la interdependencia militar eran enormes. Actualmente, Al Qaeda y otros actores transnacionales han formado redes globales de agentes y desafían los enfoques convencionales de la defensa nacional mediante lo que se ha dado en llamar la "guerra asimétrica".

Por último, la globalización social consiste en la propagación de pueblos, culturas, imágenes e ideas. La migración es un ejemplo concreto. En el siglo XIX, alrededor de 80 millones de personas atravesaron los océanos para buscar un nuevo hogar, muchas más que en el siglo XX. Al inicio del siglo XXI, 32 millones de los residentes en Estados Unidos (el 11,5% de la población) habían nacido en el extranjero. Además, aproximadamente 30 millones de personas (estudiantes, empresarios, turistas) entran cada año a este país.
Las ideas son un aspecto igualmente importante de la globalización social. La tecnología hace que la movilidad física sea más fácil, pero las reacciones políticas locales contra los inmigrantes ya estaban creciendo antes de la actual crisis económica.
El peligro actual es que las miopes reacciones proteccionistas a la crisis económica puedan contribuir a asfixiar la globalización económica que ha distribuido crecimiento y ha sacado de la pobreza a millones de personas en el último medio siglo. Pero el proteccionismo no frenará las demás formas de globalización.
La tecnología moderna significa que los patógenos viajan más fácilmente que en periodos anteriores. Las facilidades para viajar aunadas a los tiempos de dificultades económicas implican que las tasas de migración podrían acelerarse hasta el punto de que las fricciones sociales superen el beneficio económico general. De manera similar, las dificultades económicas pueden empeorar las relaciones entre Gobiernos y los conflictos internos que podrían llegar a la violencia.
Al mismo tiempo, los terroristas transnacionales seguirán beneficiándose de la tecnología de la información moderna como Internet. Y si bien la depresión de actividad económica puede desacelerar en cierta medida el ritmo de concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, también desacelerará el tipo de programas costosos que los Gobiernos deben aplicar para abordar las emisiones ya existentes.
Así pues, a menos que los Gobiernos cooperen para estimular sus economías y se resistan al proteccionismo, el mundo podría encontrarse con que la crisis económica actual no significa el fin de la globalización sino sólo de la del tipo positivo, con lo que quedaríamos en la peor de las situaciones posibles.

© Project Syndicate, 2009.
Traducción de Kena Nequiz.
Joseph S. Nye, Jr. es profesor en la Escuela Kennedy de la Universidad de Harvard.

domingo, 19 de abril de 2009

STC 048/2009, de 23 de febrero de 2009

Resumen de los hechos:

Don Santiago Fariña, interpone una demanda contra la presunta desestimación (por silencio administrativo) del recurso de alzada que interpuso contra una resolución de la Delegación Provincial del Servicio de Relacións Laborais de Ourense; en ella, se acuerda anular la propuesta de sanción realizada por la Inspección de Trabajo contra la empresa para la que trabajaba el recurrente, por la comisión de una infracción grave en materia de prevención de riesgos laborales, de la que se había derivado un accidente laboral en que había resultado lesionado, al considerar que no concurría la infracción denunciada.

Se desestima el recurso por falta de legitimación activa del recurrente, argumentando que se trata de un procedimiento administrativo sancionador del que no se deriva interés legítimo alguno. Don Santiago Fariña, recurre de nuevo mediante un recurso de apelación alegando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y poniendo de manifiesto su concreto interés en el procedimiento sancionador derivado de las posibles acciones indemnizatorias por las daños irrogados en el accidente sufrido, así como del derecho al recargo de prestaciones.

El recurso se vuelve a desestimar ya que aunque el expediente sancionador traía causa del accidente laboral sufrido por el recurrente ello no implica que cuente con legitimación activa para impugnar su archivo. El recurrente aduce en su demanda de amparo la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).

Posición de la jurisdicción ordinaria

En cuanto a los fundamentos jurídicos, en primer lugar es importante señalar que la causa de inadmisión planteada por la Xunta de Galicia no puede concurrir, ya que no se justifica que sea relevante constitucionalmente, como exige el art. 49.1 LOTC. Así lo reitera en numerosas sentencias este Tribunal (STC 146/2008, de 10 de noviembre).

El objeto del recurso es determinar si las resoluciones impugnadas, han vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva que recoge el art. 24.1 CE. Analizando este punto, el Tribunal Constitucional ha reiterado que es un elemento esencial de este derecho obtener del órgano judicial una resolución sobre el fondo de las pretensiones. También resalta que el control constitucional de las decisiones de inadmisión "ha de verificarse de forma especialmente intensa, dada la vigencia en estos casos del principio pro actione, principio de obligada observancia por los Jueces y Tribunales, que impide que interpretaciones y aplicaciones de los requisitos establecidos legalmente para acceder al proceso obstaculicen injustificadamente el derecho a que un órgano judicial conozca o resuelva en Derecho sobre la pretensión a él sometida" (STC 327/2006, de 20 de noviembre). En cuanto a la legitimación activa, señala que el derecho a la tutela judicial efectiva se reconoce a todas las personas que son titulares de derechos e intereses legítimos.

Dado que el supuesto es un reflejo claro de impugnación judicial de resoluciones administrativas recaídas en procedimientos sancionadores de la normativa de prevención de riesgos laborales, el TC sólo reconoce un eventual interés legítimo para intervenir en el proceso contencioso-administrativo a terceros distintos de las personas contra los que se hubiera dirigido el ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración, cuando la infracción controvertida hubiera dado lugar a un accidente laboral y el pronunciamiento judicial que recayera sobre la existencia o no de una infracción de la normativa de seguridad laboral estuviera llamado a producir, respecto del trabajador lesionado.

En el presente caso, el recurrente sufrió un accidente en su lugar de trabajo, del que se derivó una propuesta de sanción de la Inspección de Trabajo por infracción de la normativa de seguridad, que dio lugar a la apertura de un procedimiento sancionador finalmente archivado al considerarse que no concurría infracción alguna. Y, en segundo lugar, el recurrente pretendía que se revisara judicialmente esta decisión de archivo y de que se impusiera una sanción a la empresa. Dicho recurrente interpuso una demanda contencioso-administrativa que fue inadmitida en amparo al negarle legitimación activa.

No cabe apreciar la vulneración del art. 24.1 CE, puesto que, la argumentación vertida en las resoluciones impugnadas para negar legitimación activa al recurrente no supone un entendimiento rigorista ni desproporcionado de la exigencia, prevista en el art. 19.1 a) de la LJCA, de que concurra un interés legítimo como requisito ineludible para tener legitimación en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Solución Tribunal Constitucional:

Finalmente, el Tribunal Constitucional decidió denegar el amparo solicitado por don Santiago Fariña Izquierdo ya que considera que carece de interés legítimo. La intervención del sujeto pasivo no cabria en este supuesto en cuanto que la imposición de una sanción administrativa es potestad exclusiva de la Administración.

Comentario:

El Accidente del trabajo lo podemos definir como toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte (Ley 16.744)

Don Santiago Fariña Izquierdo no tiene interés legítimo en el citado supuesto porque se trata de un procedimiento administrativo sancionador. El recurrente tendría dos opciones:

-acudir a los Tribunales civiles para obtener de la empresa una indemnización por los daños causados.

-acudir a los Tribunales del orden social en pretensión de que dicha empresa abonare el pago del recargo de prestaciones económicas previstas para los casos de accidente de trabajo.

En definitiva, el actor pretendia con su acción la imposición de una sanción administrativa, cuyo ejercicio es una potestad exclusiva de la Administración.